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Blog de análisis de la #Crypto Economía y las Finanzas Descentralizadas #DeFi. Nos dedicamos a Consultoría Estratégica, creemos que para innovar con impacto, es necesario partir de un conocimiento de las realidades del negocio y las finanzas 360 grados.
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STABLECOIN, UNA PIEDRA EN EL RIÑÓN (III): Principales elementos para comprender y clasificar a una Stablecoin.
3. Diseño funcional de una Stablecoin:
Para poder analizar el diseño funcional de una Stablecoin hay que tener en cuenta algunos conceptos generales, y desde ellos pasar a analizar las características propias de cada uno de los diferentes modelos que hay.
Una persona A, realiza un deposito de 1.000 unidades monetarias (u.m.) en una empresa que emite una Stablecoin.La empresa que recibe el Dinero, lo pasa a custodiar.
Proceso por el cual se realiza un servicio de salvaguarda de un activo que funciona como subyacente. Normalmente en las Stablecoin es dinero Fiduciario (euros o dólares).
El concepto de DEUDA se define como: "obligación que alguien tiene de pagar, satisfacer o reintegrar a otra persona algo, por lo común dinero.” Esta obligación normalmente suele nacer de la existencia de un contrato de Depósito (Custodia).
Es muy importante, analizar la doctrina a la hora de delimitar los tipos de depósitos que hay, estableciéndose dos criterios básicos:
a) Depósitos con derecho de USO o Disposición. Este se caracteriza en la obligación (de aquí el concepto de DEUDA) de devolución no tanto de la cosa depositada, sino su equivalente, (si depositamos un billete de 100€, nos pueden devolver dos billetes de 50€).
b) Depósitos con derecho solo de Custodia. Si depositamos un cuadro de Tomás Campuzano, se nos tendrá que devolver ese mismo cuadro.
En el campo de las finanzas, y particularmente en el campo de las STABLECOIN, lo normal es trabajar con el concepto DEPÓSITO CON DERECHO DE USO, si bien la tecnología Blockchain está introduciendo un cambio muy interesante en este campo.
En derecho mercantil la figura del DEPOSITO CON DERECHO DE USO es muy controvertida. Esto es, sí A deposito en B 1.000 euros y este tiene derecho de USO. ¿Qué significado jurídico tiene esa operación?
Debemos entender que A no deposita en B, 1.000€, sí en el contrato de B con A, este no le ofrece darle un rendimiento pasivo (un tipo de interés).
La cuestión que se analiza en las diferentes doctrinas es cual es la verdadera naturaleza jurídica de esta operación:
- La doctrina del Catedrático de Derecho Mercantil, Manuel BROSETA dice:” el contrato por el cual el banco recibe de sus clientes sumas de dinero, cuya propiedad adquiere, comprometiéndose a restituir otro tanto en la misma moneda y en la forma pactada”.
- Otras fuentes doctrinales apuestan por interpretar que los artículos 1768 Código Civil y 309 Código de Comercio, no dan cabida al concepto de “depósito con derecho de uso”, y que el depósito bancario de efectivo no será verdaderamente depósito sino, lo que realmente se debe considerar es un préstamo. Ya que se debe entender que la autorización para usar y disponer de las cosas dadas en depósito supone una estipulación de efectos novatorios que convierte al depósito en préstamo.
(fuente: Wolters Kluwer)
Una vez que el deposito está confirmado, la empresa emisora de la Stablecoin emite por el valor del dinero pactado (importancia de un contrato mercantil en el que se determinen las obligaciones y derechos de las partes, en dicha operación), una unidad de cuenta con la que el usuario puede operar dentro de los servicios que le ofrece el Emisor de la Stablecoin.
El concepto da la Unidad de Cuenta con la que se pueda operar, está estrechamente relacionado con la Tecnología, y este componente tecnológico es muy importante. Existen dos tipos de tecnologías que destacan:
- Las tecnologías de Ledger Centralizado: Son las más antiguas, su modelo está centrado en la arquitectura Cliente Servidor, y se centran en un ledger administrado de manera centralizada por la empresa que ofrece los servicios.
- Las tecnologías de Ledger Distribuido: aparecen con la llegada de la tecnología Blockchain (DLT), y se caracterizan con una gestión distribuida del Ledger, así como los protocoles que la permiten funcionar.
El concepto de TOKEN está asociado, a la tecnología Blockchain y una de sus características más importantes es que al trabajar sobre un ledger distribuido puede operar en un mercado abierto.
Esto significa que mientras el dinero bancario (stablecoin) solo puede operar dentro de los servicios de una determinada entidad financiera - es un ámbito de actuación cerrado-, una stablecoin sobre tecnología Blockchain puede operar en tantos comercios o servicios como comercios o servicios operen en esa misma Blockchain (pueden definir un mercado global).
En términos operativos, esto se traduce en que no hacen falta las cámaras de compensación y, por lo tanto, son operaciones más rápidas, con menos costes e intermediarios.
Una vez que se ha creado la Stablecoin, se debe poner a disposición del cliente (cuando es un servicio con custodia), o entregar (cuando es un servicio sin custodia).
Entre poner a disposición del cliente y entregar al cliente, existe una gran diferencia. Ya que el primero de los escenarios "poner a disposición" implica que tanto el subyacente como la stablecoin, está bajo el control y gestión de la empresa que emite la Stablecoin (esto es, el usuario no es soberano sobre la gestión de su stablecoin, todas las decisiones pasan por la aprobación última del administrador de la Stablecoin.)
Mientras que la "entrega" a una Wallet fría (cool wallet) supone que el usuario es soberano de todos sus activos, y para la gestión y administración de estos no necesita de un tercero.
La recuperación de la soberanía financiera es una de las grandes aportaciones de la tecnología de ledger distribuido (blockchain).
Veremos cómo cada uno de os diferentes tipos de tecnología que define un modelo de Stablecoin, define su propio modelo. En el siguiente post, realizaremos un análisis comparativo.
Una vez que ya disponemos de una stablecoin, ya podemos operar con ella, este es el principal aliciente de las stablecoin, la propuesta de valor que proporciona a los usuarios trabajar con una o con otra stablecoin. Estas operaciones son de dos naturalezas distintas:
- Operaciones que se realizan dentro del mismo ledger (libro mayor contable): en este escenario nos volvemos a encontrar la importancia que tiene la tecnología, en particular las diferencias tan importantes entre las tecnologías de Ledger Centralizado, vs con las tecnologías de Ledger Distribuido. Para pode ver esto mejor pondremos dos ejemplos:
- Ledger Centralizado: el mejor ejemplo es el que podemos encontrar con un banco comercial, si buscamos un crédito, nos tenemos que conformar con las condiciones que nos proporciona nuestro banco, si no nos gustan y tenemos que ir a otro banco debemos sacar nuestro dinero de una stablecoin banco A [1] y pasarlo a otra stablecoin banco B. Asumiendo los costes, de tiempo y dinero que eso supone.
- Ledger Distribuido: pensemos en una stablecoin como Tether, si buscamos un abanico amplio de servicios a los podríamos acudir, lo podríamos hacer desde: Binance; FTX; Huobi Global; Kraken; Gate.io; etc.… todos ellos trabajan directamente sobre la cadena de bloques de Tether, por lo tanto, no se precisa cambiar de stablecoin. (Nota. no entramos a valorar las operaciones cruzadas con otras stablecoin o cryptos en merados similares a los de Forex).
[1] Se dice que el dinero bancario es la stablecoin de los bancos porque es un dinero privado que nace del depósito que realiza un cliente. Este tipo de stablecoin, tiene unas características propias, que analizaremos en el siguiente post.
NOTA IMPORTANTE: Si hay algo de este artículo que no entiendes o te gustaría que te lo explicara mejor, por favor házmelo saber con tus comentarios. ¡Gracias!
Resumen de los anteriores artículos:
Parte (I): en el primer artículo se vio cómo nace el concepto de DEUDA asociado al dinero dando lugar al origen del concepto de STABLECOIN. Su estrecha relación al comercio, y al desarrollo de servicios de seguridad. (VER ARTICULO (I))
Parte (II): se analiza cómo a lo largo de la Historia del dinero y su gestión está estrechamente relacionado con los intereses políticos. Y como este se materializa entorno a la gestión de la política monetaria. Se analiza como los desequilibrios políticos han hecho que se pasara de diferentes modelos de patrón oro, a un sistema de modelo fiduciario, donde la dificultad de gestión del Déficit Público hace que el propio sistema monetario vaya a modelo descontrolado de devaluación monetaria que pone en evidencia la mala gestión política, cuestionando el propio interés social del modelo. Hecho este de especial interés ya que el modelo Fiduciario se sostiene en base a la CONFIANZA de la sociedad y la tecnología blockchain plantea por primera vez en la Historia de la Humanidad un sistema alternativo. (VER ARTÍCULO (II))
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